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Atrás Ayuda de LANBIDE, para personas autónomas

Lanbide aumenta hasta los 16 millones la partida de las ayudas destinadas a autónomos que han cesado su actividad a consecuencia de la pandemia.

13·05·2020


Lanbide aumenta hasta los 16 millones la partida de las ayudas destinadas a autónomos que han cesado su actividad a consecuencia de la pandemia. El presupuesto inicial de 3 millones de euros se quintuplica sumando otros 13 millones adicionales. Las personas que se inscribieron no tendrán que volver a darse de alta, ya que se mantendrá la convocatoria en vigor

A los 3 millones de euros anunciados inicialmente se le suman otros 13, con lo que la partida final será de 16 millones de euros. Esta partida se incluye dentro de un bloque de 35,5 millones de euros que el Gobierno vasco en su conjunto destinará como ayudas directas a personas y microempresas afectadas directamente por los efectos de la pandemia.

Ayudas extraordinarias

Se trata de una convocatoria de ayudas extraordinarias, con un importe máximo de 3.000 euros por beneficiario o beneficiaria, y dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cuyas actividades han quedado o fueron suspendidas a consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria por el Covid-19

Estas ayudas pretenden paliar la situación de pérdida económica directa de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, cuyas actividades hayan quedado suspendidas, contribuyendo así al mantenimiento de su actividad.

Las personas que así lo consideren, pueden todavía presentar su solicitud, ya que el plazo permanece abierto, si bien las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria.

Tramitacióm de la solicitud: 

Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse en el modelo que se recoge en el anexo, preferentemente a través de la sede electrónica a la que se accederá desde: la página web de Lanbide: https://www.lanbide.euskadi.eus

Documentación a presentar con la solicitud:

a) Resolución de concesión de la prestación extraordinaria por cese de actividad para las personas afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

b) Contrato de arrendamiento de local de negocio.

c) Documento acreditativo de la constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, en su caso.


Plazo de solicitudes:
16.04.2020 - 30.09.2020

Más información:

BASES DE LAS AYUDAS

ESPECIFICACIONES DE LAS AYUDAS