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Atrás Ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura
27·04·2020
Costes subvencionables
- La construcción y/o adquisición de bienes inmuebles; o bien, la adquisición y rehabilitación de bienes inmuebles de segunda mano*
- Los honorarios profesionales obligatorios para ejecutar la obra civil y/o las instalaciones industriales
- La adquisición de maquinaria, la realización de instalaciones, y el equipamiento de plantas productivas, incluido el mobiliario de oficina, el equipamiento ofimático y los programas informáticos
- La realización de inversiones en procesos de mejora, calidad y minimización de impacto ambiental
- La implantación de sistemas de Hardware, software, plataformas web/comercio electrónico
Entre otros*, no serán objeto de subvención proyectos de inversión cuya cuantía total sea inferior a 3.000 euros
Tipo de ayuda
Subvenciones no reintegrables.
Beneficiarias
Las personas físicas o jurídicas privadas que lleven a cabo algunas de las actividades subvencionables que cumplan lo dispuesto en la presente Orden
Plazo de solicitudes:
Del 18/04/2020 hasta un mes después del momento en que pierda vigencia el Real Decreto 465/2020, de 17 marzo, por el que se declara el estado de alarma, o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Más información: